Padres acusados por violencia de género no podrán visitar a sus hijos

La medida, incluida en el Código Civil de España, entrará en vigor desde el 3 de septiembre.

La reforma fue publicada en el Boletín Oficial a comienzos de junio, días antes de que un doble infanticidio en España y volviera a poner en primera línea el debate sobre la violencia intrafamiliar y de género.

Con la reforma al Código Civil, la justicia española podrá prohibir la visita de los progenitores que estén "incursos en un proceso penal iniciado" por haber atentado contra la vida, agredido o abusado de su pareja o hijos. También podrá aplicarse si existen "indicios fundados de violencia doméstica o de género". 

Sin embargo, la justicia también podrá otorgar licencias a los padres bajo ciertas condiciones. Se podrán autorizar visitas o comunicaciones si es por "el interés superior del menor o en la voluntad, deseos y preferencias del mayor con discapacidad necesitado de apoyos y previa evaluación de la situación de la relación entre progenitor e hijo".

Previo a la reforma, a finales de abril, más específicamente el día 27 de ese mes, dos niñas de seis y un año fueron dadas por desaparecidas Tenerife, islas Canarias, luego de que su padre hiciera una última llamada "con un tono de despedida" a la madre, según el informe presentado por la policía. Tras una intensa búsqueda, el cuerpo de la mayor fue hallado a mil metros de profundidad en el mar, dentro de una bolsa atada al ancla de una embarcación, propiedad del padre.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *